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El pasado 25 de junio el país se sorprendió ante la
buena noticia, el actual gobierno había sancionado un decreto que beneficiaría
a todos los jóvenes entre las edades 18 y 25 años que aún sin ser activos
laboralmente o estudiantes podrían continuar como beneficiarios del sistema de
salud por medio de la cotización de alguno de sus padres.
Se explicó en aquel momento que cerca de 1.5
millones de jóvenes colombianos estarían cobijados a partir de ese momento y
con la puesta en marcha de esta nueva medida.
¿Qué ha pasado desde entonces?
Las diferentes EPS del país en la mayoría de los
casos han hecho caso omiso a la medida tomada por el gobierno, por ello el
Ministerio de Salud mediante concepto 201411601199901 de agosto 25 de 2014
advirtió que estas entidades podrían ser objeto de investigación e incluso de
sanción por parte de Superintendencia de Salud de insistir en solicitar el
tan mencionado certificado estudiantil.
¿Es realmente cierto este beneficio?
Resulta suficiente leer el artículo primero del
Decreto 1164 de 2014 para comprender que no ha desaparecido el requisito de ser
estudiantes, lo que realmente desapareció fue el trámite de allegar a la EPS el
certificado de estudiante activo; indica este artículo de manera taxativa que
el objeto de dicho decreto es establecer la forma y fuente de información que,
a partir de la entrada en vigencia de ese decreto, debían consultar las
Entidades Promotoras en Salud para verificar la condición de estudiantes con
dedicación exclusiva a esa actividad.
Palabras más, palabras menos tal como cita el
concepto emitido por el Ministerio de Salud el procedimiento a seguir por parte
de las EPS para verificar la condición de estudiantes es el establecido por el
Decreto 1164 de 2014 y la Circular 44 del mismo año, normas emitidas en el
marco de los principios de la política de racionalización de trámites previstos
en el Decreto-Ley anti trámite 019 de 2012, razón por la cual y en aplicación
de las mencionadas disposiciones, las Entidades Promotoras en Salud – EPS no
podrán exigirle al interesado la certificación de estudios para acreditar su
condición de beneficiario.
TODO PORQUE AHORA TENDRÁN QUE CONSULTARLO Y VALIDAR
EN LAS BASES DE DATOS INDICADAS EN EL DECRETO, ES DECIR SIGUE SIENTO UN
REQUISITO SER ESTUDIANTES ACTIVOS.
Cualquier inquietud, duda, aporte, opinión o
comentario en alusión a la presente publicación tiene espacio para todos y cada
uno de los lectores.
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